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  • Foto del escritorVirginia Estebarena

Lo que tenés que saber del nuevo BLANQUEO

Actualizado: 21 may 2021

En el día de hoy fue promulgada por el ejecutivo nacional la ley 27613 de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda que permitirá blanquear fondos no declarados en moneda nacional y extranjera a ser utilizados en desarrollo de proyectos inmobiliarios de obras privadas nuevas en todo el país (que se inicien con posterioridad a la entrada en vigencia de esta ley o que tengan un grado de avance menor al 50%) .


Según la ley ingresarían dentro del blanqueo personas humanas residentes en nuestro país, sucesiones indivisas y diferentes tipos de sociedades conformadas en Argentina (para más info ver artículo 53 de la Ley del Impuesto a las Ganancias) quienes podrás declarar tanto tenencia de moneda extranjera como nacional ya sea en el país o en el exterior.


Es importante que tengas en cuenta que los fondos de este "blanqueo" deberán destinarse únicamente a inversiones inmobiliarias de pozo en nuestro país. Deberás elegir un proyecto en obra cuyo avance a hoy sea inferior al 50%, para lo cual te recomiendo que te asesores con tu inmobiliaria de confianza.


Transitoriamente, hasta tanto elijas la obra, podrás comprar títulos públicos nacionales que inmediatamente serán invertidos en la obra por vos elegida.


El plazo para adherirte será de 120 días corridos desde la entrada en vigencia de la ley. Pero ¡ojo! que va incrementándose el monto del impuesto especial a pagar a medida que corren los días.


Costo de "normalizar" los fondos

Durante los primeros 60 días pagarás un impuesto especial del 5%. Entre los días 61 y 90 del 10% y entre el día 91 y 120 pagarás el 20%.

Cuando los fondos a normalizar sean en moneda extranjera, estos porcentajes se calcularán en base al tipo de cambio comprador del Banco de la Nación Argentina que corresponda a la fecha de su ingreso a la cuenta especial en la cual depositaste los mismos. Es por ello que te resultará más conveniente aún blanquear en dólares que en pesos.

Los fondos deberán depositarse en una "Cuenta Especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina" (CECON.AR) en entidades comprendidas en la Ley Nº 21.526. Los plazos y la forma será establecida por la AFIP y el Banco Central.


Beneficios de este blanqueo

-No estarás obligado a informar a la AFIP el origen de los fondos, ni habrá ningún tipo de penalidad ni de pedido de explicaciones sobre el origen.

-La ley prevé algunas exenciones y diferimientos sobre la carga de impuesto a las Ganancias, IVA, impuestos internos y Bienes Personales (ver el detalle en el Artículo 11 de la ley. AGREGAR LINK EN LEY).

-A modo de ejemplo, quedarás eximido de pagar Bienes Personales hasta el 31/12/2022 y podrás computar a cuenta de este impuesto a futuro el 1% del valor de la inversión que realizaste.

-Asimismo, gozarás del diferimiento del pago del impuesto a la Transferencia de Inmuebles o del Impuesto a las Ganancias, según corresponda, en caso de transferir y/o enajenar el inmueble o el derecho sobre éste en un plazo máximo de dos años.


Si querés leer el texto de la Ley 27613, accedé aquí.


Según la opinión calificada del Arq. Damián Tabakman: "Se espera que la clientela provenga mayoritariamente del segmento de inversores minoristas, de por sí ya interesados en acceder a una vivienda aprovechando el abaratamiento del costo de construcción". Manifiesta también que "el universo de los grandes inversores seguramente estarán proporcionalmente más ausentes en este blanqueo". Para leer su nota completa podés hacer click aquí:


Quedando atentos a la reglamentación de la ley, nos sumamos al optimismo de @Tabakman en los efectos de reactivación de la construcción que pudiera tener este blanqueo.


Les dejo una infografía a modo de resúmen👇



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